La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Sevilla, de 27 de junio de 2022 aborda un supuesto de discriminación salarial de las mujeres en el Ayuntamiento de Écija.
Aunque no hay una decisión explícita de primar a los hombres, pues la Sala "ha revisado el expediente consta en el documento 49 del expediente las retribuciones anuales de 2016 a 2019 de las funcionarias con categoría de gestor administrativo, grupo C1, y puede verse claramente una menor retribución de las mujeres, con retribuciones anuales brutas entre 21. 466 y 25.936 una, entre 26 y 27000 algo otra, y una, con antigüedad de 1981, alcanza los 30000. En cambio los gestores administrativos hombres, (no tomando en consideración los que constan como "jefe de negociado",......... y........... Que constan son retribuciones en esos cuatro años entre 37 y 40000 euros) sino los que figuran, como las mujeres simplemente como" gestor administrativo" (de nombre,........... y...........) se le reconocen todas las nóminas de esos cuatro años unas "diferencias complementarias" de alrededor de 6500 euros al año y en definitiva su retribuciones anuales se mueven entre 32 y 36000 euros brutos anuales. Consta por ello acreditado por la apelante un indicio discriminatorio por razón de sexo, dado que durante cuatro años todo los varones han cobrado más que todas las mujeres de la misma categoría.
Y, en consecuencia, resuelve "estimar la [existencia de] discriminación salarial por razón de sexo o indirecta en base a la ilícita práctica del ayuntamiento de Écija de reconocer de forma indefinida complemento salarial por atribuciones temporales".
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