sábado, 6 de enero de 2024

CUANTÍA DE LA APELACIÓN: TRABAJOS RELACIONADOS

 


La Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2024 (RC 6833/2021) declara que "Los servicios prestados a una Administración Pública que sean de la misma naturaleza y se deban a una causa única -como en el caso lo es la remodelación de la configuración informática de un Ayuntamiento- y que, en consecuencia, puedan conceptuarse como un servicio continuado con un mismo objetivo, deben ser computados de forma conjunta a efectos del cálculo de la cuantía de apelación."

Por consiguiente, "no puede aplicarse al supuesto de autos la jurisprudencia relativa a la necesaria consideración aislada de cada trabajo o factura que una concesionaria haya prestado a una Administración Pública, pues aquí concurre una clara unidad de causa y homogeneidad de contenido material de los servicios prestados y sobre los que las partes divergen sobre si tales trabajos al margen de su relación contractual fueron realizados a petición o con la conformidad del Ayuntamiento o si están o no pendientes de remuneración. Debemos por ello casar la sentencia recurrida y devolver la causa al tribunal de apelación para que sin aplicar la causa de inadmisión que entendió concurrente en dicha sentencia, resuelva los motivos de apelación formulados por la empresa recurrente."

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