A tenor del art. 47.2 TRLS de 2015, antiguo art. 34.2 b) TRLS de 2008, "En los casos en que el suelo haya sido expropiado para ejecutar una actuación de urbanización:
(...)
b) Procede la retasación cuando se alteren los usos o la edificabilidad del suelo, en virtud de una modificación del instrumento de ordenación territorial y urbanística que no se efectúe en el marco de un nuevo ejercicio pleno de la potestad de ordenación, y ello suponga un incremento de su valor conforme a los criterios aplicados en su expropiación.
El nuevo valor se determinará mediante la aplicación de los mismos criterios de valoración a los nuevos usos y edificabilidades. Corresponderá al expropiado o sus causahabientes la diferencia entre dicho valor y el resultado de actualizar el justiprecio".
Pues bien, la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de junio de 2016 (RC 621/2015) resuelve dos aspectos importantes de esta figura, frente a la retasación ordinaria, por demora en el pago del justiprecio, del art. 58 LEF:
1º.-. Esta retasación solo se aplica a las expropiaciones urbanísticas: “Con acierto advierte el Tribunal de instancia, para cuestionar la aplicación al caso de la previsión del artículo 34.2.b) del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 2008 , que el ámbito material en que pueden tener lugar las eventualidades previstas en el precepto es el urbanístico”, quedando excluidas, en particular, las expropiaciones motivadas por Planes Directores de aeropuertos.
2º.- El silencio es negativo pues “Aunque … utiliza el término retasación … no se está refiriendo al concepto jurisprudencial precedentemente expuesto en aplicación del artículo 58 de la Ley de Expropiación Forzosa… no se requiere la incoación de un nuevo expediente … A diferencia del supuesto del artículo 58, en el que salvo la cualidad física del bien expropiación todas las demás varían a efectos valorativos, en el del artículo 34.2.b) los criterios valorativos a considerar son los mismos, y así expresamente lo dice el precepto, que los aplicados para la expropiación”.
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