lunes, 8 de noviembre de 2021

LOS ACTOS FIRMES Y LOS EFECTOS DE LA NULIDAD PARA EL TRIBUNAL SUPREMO

 


La Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de octubre de 2021 (RC 3266/2019) sostiene que "los actos administrativos consentidos, por no haber sido objeto de recurso en el plazo establecido y cuya nulidad de pleno Derecho se afirme, solamente podrán ser removidos mediante el procedimiento de revisión de oficio previsto por el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común."

Y a ello añade que "los efectos de la declaración de nulidad han de operar desde el momento en que se dictó la resolución que la padece, sin perjuicio de los límites establecidos por la Ley en materia de prescripción de las obligaciones de la Hacienda Pública".


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