lunes, 6 de marzo de 2023

NO CABEN GRATIFICACIONES VOLUNTARIAS EN LA ADMINISTRACIÓN SIN PREVISIÓN LEGAL

 


Aclara el Tribunal Supremo en Sentencia de 15 de febrero de 2023 (RC 763/2021) que “no caben primas, gratificaciones, indemnizaciones o, en general, incentivos por jubilación anticipada de policías locales para el rejuvenecimiento de la plantilla. La razón es que tales incentivos tienen naturaleza retributiva, luego al ser la relación funcionarial estatutaria rige el régimen de las retribuciones funcionariales por lo que sólo serán conformes a Derecho si tienen la cobertura de una norma legal general, relativa a la remuneración de los funcionarios de la Administración Local; en consecuencia, al no identificarse esa norma de cobertura es por lo que venimos sosteniendo que esos acuerdos municipales eran inválidos”.

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