Hace no mucho tuvimos conocimiento de una actuación del Ayuntamiento de Madrid anulada porque, entre otras cosas, vulneraba el Plan Especial vigente, sin modificarlo en forma. Ahora conocemos que un Juzgado de Barcelona anula un proyecto en el Ensanche de esa ciudad porque implica soterradamente una modificación del planeamiento.
Así, la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Barcelona, de 19 de abril de 2024 (Rec. nº 295/2022) nos dice que "En conclusión al apreciarse que bajo la apariencia de lo que el Ayuntamiento de Barcelona denomina un "Proyecto Ejecutivo de obra ordinaria" se encubre una actuación urbanística transformadora de la red viaria del Eixample, que por ello hubiera debido eventualmente tramitarse y, en su caso, aprobarse mediante una Modificación Puntual del Plan General Metropolitano; y al no haberse hecho así, el Acuerdo aprobatorio de dicho Proyecto Ejecutivo de obra ordinaria es nulo de pleno Derecho lo que obvia a analizar las impugnaciones
realizadas por la actora con carácter subsidiario y a los efectos meramente dialecticos. "
Francisco Garcia Gomez de Mercado
Abogado
No hay comentarios:
Publicar un comentario