lunes, 9 de marzo de 2020

Más sobre el personal de contratas y empresas públicas

Sabemos que quienes prestan servicios indirectamente para la Administración, habitualmente a través de concesiones, suelen subrogarse en la nueva empresa cuando su empleador cambia (por ejemplo porque hay un nuevo concesionario).

Ahora bien, como aclara la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de junio de 2019 (RC 702/2016) la subrogación es aplicable “en aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales", por lo que no lo es si en el contrato licitado esa obligación es inexistente.
Por otro lado, respecto de las empresas públicas, la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de junio de 2019 (RC 6701/2017), "La Tesorería General de la Seguridad Social puede declarar la responsabilidad solidaria de un Ayuntamiento respecto de una deuda contraída por una sociedad mercantil que actúa como medio propio del Ayuntamiento en forma análoga a lo que acontece con los denominados "grupos de empresa"" y "La Tesorería General de la Seguridad Social es competente para efectuar la declaración de derivación de responsabilidad por impago de cuotas de la seguridad social de una sociedad anónima en situación de concurso cuya titularidad ostenta un ente público local la cual, una vez declarada, podrá ser sometida al control jurisdiccional de la jurisdicción contencioso-administrativa".


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